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Información y tutoriales para contadores y administrativos
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EFOS: Señales para validar si tu proveedor es una Facturera

EFOS: Señales para validar si tu proveedor es una Facturera

EFOS:-Señales-para-validar-si-tu-proveedor-es-una-Facturera

Tal vez piense que su empresa es muy transparente y no se presta a operaciones cuestionables o fraudulentas de EFOS, y así puede ser pero debes tener en cuenta lo siguiente:

Para evitar trabajar con EFOS deberíamos tener un vigía 24 por 7, los 365 días del año, por lo que te decimos qué debes considerar, los riesgos que representa y los pasos a seguir para protegerte de las acciones que puede tomar la autoridad en contra tuya y de tu empresa.

Si tú o tu empresa aceptan facturas emitidas por EFOS, el SAT podría acusarlos de ser parte de una red delictiva que emite o acepta facturas de operaciones ‘fantasma’. Evite caer – aún cuando sea de forma involuntaria – en este delito y evite una revisión por parte del SAT por tener operaciones con clientes relacionados en la lista negra del Art. 69-B.

Las EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas) son personas o entidades que lucran con la emisión de comprobantes digitales. 

Es decir, emiten CFDIs de operaciones que nunca se realizaron y las venden con el fin de que los receptores puedan deducir esas facturas y reducir su pago de impuestos. 

El contribuyente que acepta las facturas de una EFOS – aún sin saberlo – se cataloga como una EDOS (Empresa que Deduce Operaciones Simuladas), y también está incurriendo en un delito.

Pero para ser más puntuales, es importante considerar en qué circunstancia, de acuerdo con la Reforma Fiscal 2020, usted o su empresa podría considerarse EDOS y, también muy relevante, cuáles serán las consideraciones, cambios o castigos a los que sería acreedor:

  • Las personas físicas o morales que hayan dado efectos fiscales a CFDI expedidos por contribuyentes que se encuentren en las listas del 69-B.
  • Se considera infracción utilizar para efectos fiscales comprobantes expedidos por un tercero que NO desvirtuó la presunción de operaciones inexistentes. Multa del 55% al 75% sobre el monto de cada comprobante.

  • No se localice en el domicilio fiscal registrado (No Localizado).
  • Omita enterar las cantidades que por concepto de contribuciones hubiera retenido o recaudado (Incumplido).
  • Se encuentre en el listado a que se refiere el artículo 69-B por haber emitido comprobantes que amparan operaciones inexistentes de manera definitiva (EFOS).

  • Cuando NO acrediten la efectiva realización de las operaciones amparadas en los CFDI a los que les hayan dado efectos fiscales, por un monto superior a $7,804,230 (EFOS).

Tipos o Etapas de una Empresa Facturadora de Operaciones Simuladas

Previsto: 

Contribuyentes notificados por buzón tributario o por estrados que son considerados EFOS por el SAT y que aún no están publicados en la página web del SAT ni en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Presunto: 

Es cuando el SAT hace la presunción de que el contribuyente es EFOS y como tal, ya está publicado en la página web del SAT y posteriormente en el DOF.

Desvirtuado: 

Son los contribuyentes, que dentro de los plazos establecidos, desvirtúan (aclaran) presentando las pruebas suficientes para demostrar que si fueron reales las operaciones y por lo tanto no hubo simulación.

Definitivo: 

Es cuando el contribuyente no acudió a desvirtuar o las pruebas que presentó no fueron suficientes para el SAT y por lo tanto lo considera confirmado que es EFOS.

Sentencia Favorable: 

Son contribuyentes considerados como “Definitivo” promueven como medio de defensa un juicio en el que el juez determina que no es EFOS.

Información Suprimida:

Es cuando una autoridad judicial ordena que no se considere EFOS a un contribuyente que se encontraba en la lista de EFOS, en estos casos.

en la lista del SAT el RFC aparece de la siguiente manera XXXXXXXXXXXX y solo se pueden localizar por el número de oficio.

¿Qué pasa si uno de mis proveedores es una EFOS?

Esto puede pasar y está totalmente fuera de su control.

No puede evitar relacionarse con una EFOS, pero sí puede identificar con agilidad a sus proveedores catalogados como tal y actuar bajo la ley para que su empresa no salga afectada.

Los pasos son los siguientes:

  • Tendrá 30 días para comprobar la materialidad de las operaciones
  • Pasado el plazo de 30 días, el SAT podrá solicitar el pago de: el IVA acreditado con el EFOS y el pago del ISR respectivo.
  • Podrá ser revisado por el ejercicio de las operaciones y ejercicios anteriores.
  • Podrá enfrentar consecuencias penales

El problema real de identificar a sus proveedores como EFOS, es que esta lista se actualiza de forma constante. Hasta hace unas semanas, se contabilizaban más de 11,200. Pero esta lista puede disminuir o crecer de forma constante, según avancen las investigaciones de las autoridades.

De ahí la importancia de apoyarse en un sistema tecnológico que realice las validaciones de sus proveedores contra las lista de EFOS en tiempo real.

lo más importante, que le arroje alertas instantáneas al momento en que uno de sus proveedores se confirma como una EFOS definitiva.

omawww.sat.gob.mx es una plataforma que le ayudará a revisar su lista de proveedores y avisara si uno de ellos cae en la nueva lista publicada por el SAT.

Lo más importante es que lo hará en tiempo real, y arrojará una alerta instantánea a su celular o mail. Este reporte le ahorrará muchos dolores de cabeza, multas y procesos legales innecesarios.

Si quiere saber más de cómo identificar EFOS y que usted o su empresa no sean catalogados como EDOS, acérquese a los expertos.

La plataforma eListasSAT le ayudará a revisar su lista de socios de negocios y a evitarle problemas legales, sin importar si trabaja con cinco o cientos de proveedores.

Sistema para la validación diaria y automática de proveedores y clientes en listas Negras SAT, con notificaciones por email y a dispositivos móviles.