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Información y tutoriales para contadores y administrativos
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Errores en los CFDI que Derivan en Cartas Invitación SAT

Errores en los CFDI que Derivan en Cartas Invitación SAT

En años recientes el SAT ha implementado nuevas modalidades de fiscalización mediante el envío masivo de “Cartas Invitación”, las cuales son generadas por procesos automatizados donde se solicita a los contribuyentes revisar la información declarada y regularizar su situación fiscal a la brevedad, todo esto utilizando “Robots Fiscales” que detectan inconsistencias entre lo manifestado en las declaraciones y lo reflejado en los CFDI.

El envío de “Cartas Invitación SAT” está sustentado en CFF Art. 33 Facción IV inciso “c)”, el cual faculta a las Autoridades a promover el cumplimiento en materia de presentación de declaraciones y correcciones a la situación fiscal de los contribuyentes mediante el envío de comunicados para informar sobre inconsistencias detectadas o comportamientos atípicos.

Estas modalidades de invitación son realizadas por medio de correo electrónico y a través del buzón tributario.

Las principales inconsistencias detectadas en los CFDI y que propician el envió de estos comunicados son:

1.- DIFERENCIAS DE IVA CAUSADO.

Generalmente se presentan cuando el contribuyente tiene la práctica de elaborar comprobantes con método de pago PUE sin tener en cuenta que algunos pueden no ser cobrados en mes correspondiente, por lo que la autoridad determina que esos comprobantes fueron efectivamente cobrados y representa una inconsistencia contra lo declarado y pagado.

Por lo anterior es recomendable refacturar con el método PPD (Pago Parcial o Diferido) y elaborar los complementos de recepción de pago correspondientes, antes de que sea detectado por la autoridad como una inconsistencia en la determinación de contribuciones.

Otras situaciones que originan estas diferencias son, no verificar la cancelación definitiva de facturas emitidas PUE en el portal del SAT, así como la emisión de facturas PUE con errores en el tipo de cambio, es decir emitidas en pesos pero con tipo de cambio como si fuera en dólares.

2.- DIFERENCIAS EN RETENCIONES DE ISR E IVA.

Se presentan generalmente por la refactura de comprobantes mal elaborados de periodos anteriores, y donde el SAT no considera los CFDI relacionados por sustitución, que deriva en la solicitud de pago o la aclaración respectiva.

Para el caso de retenciones de ISR por sueldos y salarios, se presenta esta situación cuando los trabajadores no cuentan con  RFC, en estos casos el patrón realizan el pago de salarios y el registro contable de retenciones de ISR sin el timbrado respectivo del CFDI de nómina, lo cual genera inconsistencias por retenciones pagadas en exceso.

Otra situación que puede derivar en inconsistencias es no timbrar finiquitos o hacerlo de forma extemporánea, no colocar la fecha de pago correcta en el CFDI, así como duplicar el timbrado de nóminas o la cancelación por error total o parcial de las mismas.

El tema más importante en este sentido se deriva de la falta de conciliación entre nóminas pagadas contra las nóminas timbradas. Si deseas conocer más sobre la importancia del timbrado de nóminas te invitamos a leer nuestro artículo en el blog.

3.- DIFERENCIAS EN INGRESOS ACUMULABLES.

Esta inconsistencia se deriva normalmente por:

  • Duplicidad de facturación de una operación.
  • Emisión errónea de facturas en moneda nacional con tipo de cambio en dólares.
  • Falta de seguimiento de cancelaciones de facturas emitidas (facturas canceladas en el sistema del contribuyente vigentes en el SAT).

La conciliación de la facturación vigente en el portal de SAT contra los ingresos declarados de forma mensual y anual disminuyen una solicitud de aclaración por parte de la autoridad.

4.- DIFERENCIAS POR DEDUCCIONES MAYORES A LAS SUSTENTADAS CON CFDI.

Se presenta cuando lo manifestado en deducciones declaradas en un ejercicio es mayor a la suma de los CFDI de facturas recibidas por un contribuyente.

Recibir una carta invitación del SAT no es un tema menor, porque de no aclarar las discrepancias que señala la Autoridad se puede derivar la suspensión del certificado de sello digital, que a su vez provocaría que el contribuyente NO pudiera facturar ingresos con todas las consecuencias financieras que esto significa.

Como podemos percatarnos, son diversas las situaciones que provocan las inconsistencias y en la mayoría de las veces no significan omisión de ingresos o errores en la determinación de contribuciones, más bien son inconsistencias determinadas en los CFDI o debilidades de control en la emisión o recepción de comprobantes.

Por lo anterior y tomando como referencia que la autoridad se está basando estrictamente en la información de los comprobantes fiscales para determinar  inconsistencias se hace necesario:

  • Implementar controles internos para vigilar que los CFDI se emitan en tiempo y con los requisitos establecidos en las guías de elaboración contenidas en la resolución miscelánea fiscal.
  • Dar seguimiento oportuno y preciso a las cancelaciones de CFDI en el SAT.
  • Controlar la emisión de CFDI por sustitución.
  • Realizar conciliaciones mensuales de ingresos, egresos y nómina de lo declarado contra lo contenido en los CFDI.

Es por ello que en dSoft desarrollamos eAuditor CFDI el cual es un aplicativo que basado en la información que eComprobante descarga del SAT, realiza la lectura de los CFDI y los clasifica de manera independiente por tipo y en con ello determina las bases de impuestos y las contribuciones mensuales a cargo o a favor de la misma forma en que el SAT los realiza en el aplicativo de declaraciones y pagos de su portal de internet, con la diferencia que nuestro aplicativo lo realiza en tiempo real sin tener que esperar a que el SAT actualice su base de datos, lo cual puede tardar entre 2 y 7 días hábiles, además de que tiene el beneficio de identificar a detalle y por CFDI las determinaciones de las contribuciones tomando en cuenta los comprobantes con método de pago PUE y los PPD correlacionado sus respectivos pagos, con lo que es posible que el contribuyente pueda conciliar sus registros contables contra los comprobantes fiscales que el SAT tiene considerado.

No lo pienses más y atrévete a conocer con anticipación las probables inconsistencias en tus CFDI que el SAT puede detectar y que pueden derivar en un envío de una carta invitación con todas las implicaciones ya comentadas.

Acércate a nosotros a través de nuestros diversos medios de contacto y recibe una versión de evaluación de los aplicativos con la que podrás verificar las probables inconsistencias en tus CFDI.

Sistema para la determinación de la base fiscal y el cálculo de impuestos federales a partir de los CFDI, con generación de cédulas mensuales prellenadas y/o revisiones electrónicas preliminares SAT.