Inconsistencias en los CFDI que Derivan en Cartas Invitación SAT

Inconsistencias en los CFDI que Derivan en Cartas Invitación SAT

 

En años recientes, el SAT ha implementado nuevas modalidades de fiscalización mediante el envío masivo de “Cartas Invitación”. Estas cartas son generadas por procesos automatizados en los que se solicita a los contribuyentes revisar la información declarada y regularizar su situación fiscal lo más pronto posible. Todo esto se realiza utilizando “Robots Fiscales” que detectan inconsistencias entre lo manifestado en las declaraciones y lo reflejado en los CFDI.

El envío de “Cartas Invitación SAT” está respaldado por el artículo 33, fracción IV, inciso “c)” del CFF, que otorga a las autoridades la facultad de promover el cumplimiento en materia de presentación de declaraciones y correcciones a la situación fiscal de los contribuyentes mediante el envío de comunicados que informen sobre inconsistencias detectadas o comportamientos atípicos.

Estas modalidades de invitación son realizadas por medio de correo electrónico y del buzón tributario.

Las principales inconsistencias detectadas en los CFDI, que provocan el envío de estas comunicaciones, son:

1.- DIFERENCIAS DE IVA CAUSADO.

Generalmente, estas cartas se generan cuando el contribuyente emite comprobantes con el método de pago PUE sin considerar que algunos de ellos pueden no haber sido cobrados en el mismo mes. Como resultado, la autoridad considera que dichos comprobantes fueron efectivamente cobrados, lo que genera una discrepancia con lo declarado y pagado.

Por lo tanto, se recomienda utilizar el método PPD (Pago Parcial o Diferido) al emitir facturas y elaborar los complementos de recepción de pago correspondientes. Esto debe hacerse antes de que la autoridad detecte estas prácticas como inconsistencias en la determinación de contribuciones.

Otras situaciones que pueden originar estas diferencias incluyen la falta de verificación de la cancelación definitiva de facturas emitidas con el método PUE en el portal del SAT, así como la emisión de facturas PUE con errores en el tipo de cambio, es decir, facturas emitidas en pesos pero con un tipo de cambio incorrecto como si fueran en dólares.

2.- DIFERENCIAS EN RETENCIONES DE ISR E IVA.

Estas situaciones suelen ocurrir debido a la refacturación de comprobantes incorrectamente emitidos en períodos anteriores. El SAT no suele considerar los CFDI relacionados por sustitución, lo que conduce a la solicitud de pago o la correspondiente aclaración.

En el caso de las retenciones de ISR por sueldos y salarios, esta situación se produce cuando los trabajadores no tienen un RFC registrado. En estos casos, los empleadores efectúan el pago de salarios y el registro contable de las retenciones de ISR sin el timbrado correspondiente del CFDI de nómina, lo que genera inconsistencias por retenciones pagadas en exceso.

Otra situación que puede dar lugar a inconsistencias es la falta de timbrado de finiquitos o su timbrado de forma extemporánea, el uso de fechas de pago incorrectas en el CFDI, así como la duplicación del timbrado de nóminas o la cancelación de las mismas, ya sea de forma total o parcial, debido a errores.

El tema más relevante en este sentido se relaciona con la falta de conciliación entre las nóminas pagadas y las nóminas timbradas. Si deseas obtener más información sobre la importancia del timbrado de nóminas, te invitamos a leer nuestro artículo en el blog.

3.- DIFERENCIAS EN INGRESOS ACUMULABLES.

Estas inconsistencias se derivan normalmente de:

  • La duplicidad de facturación de una operación.
  • La emisión errónea de facturas en moneda nacional con tipo de cambio en dólares.
  • La falta de seguimiento de cancelaciones de facturas emitidas (facturas canceladas en el sistema del contribuyente vigentes en el SAT).

 

La conciliación de la facturación vigente en el portal del SAT con los ingresos declarados de forma mensual y anual reduce la probabilidad de recibir una solicitud de aclaración por parte de la autoridad.

4.- DIFERENCIAS POR DEDUCCIONES MAYORES A LAS SUSTENTADAS CON CFDI.

Se presentan cuando las deducciones declaradas en un ejercicio son mayores que la suma de los CFDI de facturas recibidas por un contribuyente.

Recibir una carta invitación del SAT no es un asunto menor, ya que si no se aclaran las discrepancias que señala la Autoridad, podría resultar en la suspensión del certificado de sello digital. Esto, a su vez, podría impedir al contribuyente emitir facturas de ingresos, con todas las consecuencias financieras que esto conlleva.

Como podemos observar, son diversas las situaciones que provocan las inconsistencias y, en la mayoría de las ocasiones, no implican omisión de ingresos ni errores en la determinación de contribuciones. Más bien, se trata de inconsistencias detectadas en los CFDI o de debilidades en el control en la emisión o recepción de comprobantes.

Por lo anterior y considerando que la autoridad se basa estrictamente en la información de los comprobantes fiscales para determinar inconsistencias, se hace necesario:

 

  • Implementar controles internos para vigilar que los CFDI se emitan en tiempo y con los requisitos establecidos en las guías de elaboración contenidas en la resolución miscelánea fiscal.
  • Dar seguimiento oportuno y preciso a las cancelaciones de CFDI en el SAT.
  • Controlar la emisión de CFDI por sustitución.
  • Realizar conciliaciones mensuales de ingresos, egresos y nómina de lo declarado contra lo contenido en los CFDI.

 

Es por ello que en dSoft hemos desarrollado eAuditor CFDI, una aplicación que, basándose en la información descargada por eComprobante del SAT, realiza la lectura de los CFDI y los clasifica de manera independiente por tipo. Luego, determina las bases de impuestos y las contribuciones mensuales, de la misma manera en que el SAT lo hace en su aplicativo de declaraciones y pagos en su portal de internet. La diferencia radica en que nuestro aplicativo lo hace en tiempo real, sin necesidad de esperar a que el SAT actualice su base de datos, lo que puede tomar entre 2 y 7 días hábiles. Además, tiene el beneficio de identificar de manera detallada y por CFDI las determinaciones de las contribuciones, teniendo en cuenta los comprobantes con método de pago PUE y los PPD, correlacionando sus respectivos pagos. Esto permite que el contribuyente pueda conciliar sus registros contables con los comprobantes fiscales que el SAT ha considerado.

No dudes más y anímate a conocer anticipadamente las posibles inconsistencias en tus CFDI que el SAT podría detectar, y que podrían llevar a la recepción de una carta invitación, con todas las implicaciones previamente mencionadas.

Contáctanos en nuestros diversos medios de comunicación y obtén una versión de evaluación de nuestras aplicaciones, con la cual podrás identificar posibles inconsistencias en tus CFDI.

Sistema para la determinación de la base fiscal y el cálculo de impuestos federales a partir de los CFDI, con generación de cédulas mensuales prellenadas y/o revisiones electrónicas preliminares SAT.