Automatización de pagos mensuales SAT basados en CFDI.

Como es de conocimiento general, para el ejercicio 2022 el SAT implementó nuevos formatos prellenados para la determinación de algunas contribuciones federales, con la finalidad de facilitar la presentación de las declaraciones.
Estas declaraciones prellenadas, son determinadas por el SAT con los datos que tiene en su poder y que a su vez fueron generados por los propios contribuyentes con los CFDI emitidos, las declaraciones anuales de ejercicios anteriores y las declaraciones mensuales realizadas del ejercicio.
Sin embargo, este prellenado de declaraciones solo se implementó para tres contribuciones, las cuales son:
- Pagos provisionales de ISR.
- Pago de retenciones de ISR por salarios.
- Pago de retenciones de ISR por asimilados a salarios.
En cuanto a los pagos provisionales de ISR, el SAT determina el monto de ingresos facturados en el periodo con base a los CFDI emitidos vigentes sin tomar en cuenta descuentos y rebajas incluidos en los propios comprobantes, pero se puede ajustar el importe de los ingresos acumulables propuestos mediante la captura manual en campos que permiten agregar o disminuir algunos conceptos.
Aunado a lo anterior, es importante tomar en cuenta que las cifras que presenta el SAT en los formatos prellenados no cuentan con ningún detalle de los CFDI que integran dichos importes, por lo que se tiene hacer un trabajo externo de conciliación.
Otros datos que vienen prellenados en la declaración son el coeficiente de utilidad, el cual se toma de las declaraciones anuales de ejercicios anteriores, así como el importe histórico de pérdidas fiscales pendientes de aplicar.
El estímulo fiscal de la PTU del ejercicio a aplicar a la utilidad fiscal estimada, se determina únicamente con los CFDI con fecha de pago del mes de mayo del ejercicio actual en la proporción que corresponde de mayo a diciembre, y no toma en cuenta para este cálculo los pagos realizados antes o después de mayo.
En cuanto a las retenciones de ISR por salarios y asimilados a salarios, estos son calculados por el SAT con base a los CFDI de nóminas emitidos con fecha de pago del mes que se declara, pero se incluye un campo para la captura manual del impuesto en caso de que lo determinado por el contribuyente no sea igual a propuesto por la Autoridad, con la situación de que no se puede visualizar u obtener la integración de las retenciones en los CFDI de nóminas utilizados en el formato prellenado.
Como podemos apreciar, la información del prellenado de formatos en las declaraciones es muy limitada en cuanto al detalle de las cifras determinadas por la autoridad, por lo que no hay forma de compararlos contra los registros contables de la empresa, más que con el importe total.
Esta situación es compleja para los contribuyentes cuando la autoridad solicita aclarar información por inconsistencias entre los registros del SAT y las declaraciones presentadas, porque no se cuenta con datos comparables para determinar diferencias.
En cuanto a las declaraciones a flujo de efectivo de impuestos federales, la autoridad no consideró formatos con datos prellenados de los siguientes conceptos:
- Retenciones de ISR por Honorarios y RESICO.
- Retenciones de ISR por arrendamientos.
- Retenciones de ISR por Dividendos.
- Retenciones de ISR por demás ingresos.
- IVA propio.
- Retenciones de IVA (formato nuevo sin datos prellenados).
Lo anterior debido a que para la determinación de estas contribuciones a partir de los CFDI, es necesario procesar y correlacionar la información de facturas recibidas, notas de crédito y complementos de recepción de pago. En cuanto a los datos de estos comprobantes fiscales se deben considerar diferentes variables como son el régimen fiscal del emisor, el método de pago, el estatus del comprobante, la proporción efectivamente pagada de las facturas, el importe de las bases de IVA, el importe de las retenciones, entre otros.
En ese sentido, consideramos que la autoridad no generó formatos prellenados más completos debido a que la correlación de los CFDI de ingreso, egreso y pago requiere de procesos informáticos más elaborados, sin embargo con la llegada del CFDI 4.0 para el 2023 como única opción de facturación, es posible que el SAT esté en condiciones de ofrecer nuevos formatos prellenados, considerando que en esta nueva versión del CFDI se establecen catálogos más completos y el detalle de impuestos que se pagan en el complemento de pagos Ver. 2.
En dSoft nos adelantamos a esta situación y hemos desarrollado el sistema eAuditor CFDI, el cual es una herramienta que en conjunto con eComprobante, es capaz de determinar de manera automática, las bases de impuestos y la determinación mensual de las contribuciones correlacionando los CFDI emitidos y recibidos del contribuyente mediante procesos informáticos complejos de lectura de comprobantes y formulaciones avanzadas de Excel, con lo que se logra emular a detalle los importes de las declaraciones prellenadas del SAT, pero más allá de lo que ofrece la Autoridad porque logramos generar los datos necesarios para las declaraciones de impuestos a flujo de efectivo.
De lo anterior podemos asegurar que si los CFDI están elaborados correctamente, se cuida la emisión y recepción comprobantes de pago en tiempo y forma, y las fechas de emisión corresponden con los estados de cuenta bancarios del contribuyente, las bases e impuestos determinados por nuestra solución eAuditor CFDI ofrecen el llenado casi en la totalidad de los formatos de las declaraciones mensuales actuales, y en caso contrario se conocen las incidencias que deben corregirse mediante la cancelación o elaboración de nuevos comprobantes con anticipación, de tal forma que se disminuye el riesgo de que el SAT solicite una aclaración mediante una carta invitación, visita domiciliaria, revisión profunda o requerimiento para revisión de gabinete.
Si deseas conocer mas a fondo en que consisten las funcionalidades de nuestro nuevo sistema te invitamos a leer nuestro artículo eAuditor CFDI un programa desarrollado por dSoft.
Así mismo te invitamos a conocer la versión de evaluación, la cual podrá obtener en nuestro sitio de internet www.dsoft.mx, o te invitamos a comunicarte con nosotros a través de nuestros diferentes medios de contacto para una asesoría gratuita.
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