Qué Hacer Si el PAC que Timbró tus CFDI Está Relacionado con EFOS
El 18 de octubre de 2026, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó que se identificaron siete PAC que realizaban operaciones con EFOS. De acuerdo con el comunicado, cinco autorizaciones fueron revocadas y dos procedimientos administrativos continúan en curso.
Que un PAC esté relacionado con EFOS no significa automáticamente que todos los CFDI que certificó sean inválidos o que sus clientes hayan realizado operaciones simuladas. Para determinar si existe una contingencia fiscal, es necesario revisar la situación del emisor de cada comprobante y las operaciones que ampara.
En este artículo hablamos sobre cómo identificar al PAC que certificó tus CFDI, qué revisar cuando se anuncia una revocación, qué documentación conviene conservar y en qué circunstancias podrían existir obligaciones fiscales que debas atender.
¿Qué Significa que un PAC Esté Relacionado con EFOS?
Un Proveedor Autorizado de Certificación participa en la validación y certificación de los CFDI conforme a las disposiciones técnicas y fiscales aplicables. Su autorización está sujeta a requisitos y obligaciones establecidos en el CFF y la RMF.
El artículo 29 Bis del CFF y la regla 2.7.2.12 de la RMF para 2026 contemplan disposiciones relacionadas con la autorización y revocación de estos proveedores. Entre las causas de revocación previstas en la regla se encuentran determinadas operaciones con contribuyentes ubicados en los supuestos del artículo 69-B del CFF, así como otros supuestos relacionados con la emisión de comprobantes fiscales falsos.
Sin embargo, el comunicado sobre los siete PAC no identifica las operaciones específicas atribuidas a cada proveedor ni permite concluir que todos hayan incurrido exactamente en la misma conducta.
Por eso, es importante distinguir entre una revocación de la autorización del PAC y la publicación de un contribuyente como emisor de comprobantes que amparan operaciones inexistentes. Son situaciones diferentes y sus consecuencias deben analizarse por separado.
¿Los CFDI Timbrados por un PAC Revocado Pierden su Validez?
La revocación de la autorización de un PAC no implica, por sí sola, que todos los CFDI que certificó anteriormente pierdan sus efectos fiscales.
La revisión debe considerar tanto la situación del comprobante como la operación que documenta. Un CFDI puede aparecer registrado ante el SAT y, aun así, ser necesario demostrar que la operación realmente se realizó y que se cumplen los requisitos fiscales aplicables.
Por ello, conviene revisar los comprobantes emitidos o recibidos mediante el proveedor involucrado y conservar sus archivos XML. También es importante reunir los documentos que permitan acreditar las operaciones correspondientes.
Si el problema se limita a la autorización del PAC, la empresa deberá atender la continuidad de su facturación. Si existen indicios de una contingencia relacionada con el emisor de los CFDI, será necesario realizar una revisión fiscal adicional.
Qué Debes Revisar Si Utilizaste los Servicios de un PAC Relacionado con EFOS
1. Identifica al Proveedor que Certificó tus CFDI
El primer paso es determinar qué empresa realizó efectivamente el timbrado de tus comprobantes. La plataforma que utilizas para facturar y el PAC que certifica los CFDI no necesariamente son la misma empresa.
Para identificarlo, puedes revisar el atributo RfcProvCertif del complemento TimbreFiscalDigital en el archivo XML. Este dato permite reconocer al proveedor de certificación que generó el timbre.
Con esa información, consulta la situación del PAC en las publicaciones oficiales del SAT. Verifica si su autorización continúa vigente, fue revocada o se encuentra en algún otro supuesto publicado por la autoridad.
2. Verifica los CFDI Involucrados
Utiliza la herramienta de verificación de comprobantes del SAT para consultar el registro y el estado que reporta la autoridad para los CFDI que necesitas revisar.
Puedes comenzar por los comprobantes de periodos recientes y ampliar la revisión según los resultados. Conserva los XML, los folios fiscales (UUID) y la evidencia de las consultas realizadas.
Esta comprobación es un primer filtro, no una garantía de que todos los requisitos fiscales estén satisfechos. La situación de cada operación debe evaluarse por separado.
3. Comprueba la Situación Fiscal del Emisor
Este paso es fundamental para determinar si existe una posible contingencia relacionada con EFOS.
Identifica al emisor de cada CFDI y consulta las publicaciones del SAT correspondientes al artículo 69-B del CFF. Distingue entre contribuyentes presuntos, definitivos, desvirtuados y aquellos que cuentan con una sentencia favorable, según la clasificación y la información disponible.
No confundas la publicación de un PAC como proveedor revocado con la inclusión del emisor de tus CFDI en el listado definitivo del artículo 69-B. La primera no demuestra por sí sola que la segunda situación exista.
Si el emisor de un comprobante aparece en el listado definitivo, debes analizar las consecuencias aplicables a quienes dieron efectos fiscales a esos comprobantes.
4. Reúne Evidencia de las Operaciones
Si necesitas demostrar que una operación efectivamente se realizó, conserva la documentación relacionada con ella (materialidad). Según el tipo de bien o servicio, puede incluir:
- Contratos, órdenes de compra y pedidos.
- Comprobantes de pago y estados de cuenta.
- Entregables, reportes de trabajo y documentos de recepción.
- Registros de inventario, entradas y salidas de mercancías.
- Correos electrónicos y comunicaciones comerciales relacionadas con la operación.
La documentación debe corresponder a los hechos y permitir reconstruir qué se adquirió, quién lo entregó, cuándo se recibió y cómo se realizó el pago, cuando corresponda.
No todas las operaciones requieren exactamente los mismos documentos. Lo importante es contar con evidencia suficiente y congruente con la naturaleza de cada transacción.
5. Determina Si Debes Aclarar o Corregir tu Situación Fiscal
Cuando el emisor de los comprobantes queda publicado en el listado definitivo del artículo 69-B del CFF, el octavo párrafo de ese artículo contempla, en términos generales, un plazo de 30 días siguientes a la publicación para que quienes dieron efectos fiscales a esos comprobantes acrediten que efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios, o corrijan su situación fiscal.
Este procedimiento no se activa automáticamente por la revocación del PAC. Antes de tomar una decisión, verifica quién emitió los CFDI, qué publicación resulta aplicable y si existe alguna notificación dirigida a tu empresa.
Si identificas comprobantes vinculados con un emisor publicado en el listado definitivo, solicita una revisión con tu contador o asesor fiscal para determinar qué evidencia presentar y si corresponde corregir declaraciones u otros aspectos de tu situación tributaria.
No canceles, sustituyas ni modifiques comprobantes únicamente porque el PAC que los certificó fue revocado. Cualquier corrección debe responder a las circunstancias específicas de la operación y a las disposiciones aplicables.
Cómo Mantener la Continuidad de tu Facturación
Además de revisar los comprobantes anteriores, debes evaluar si la situación del PAC afecta la emisión de nuevos CFDI.
La regla 2.7.2.12 de la RMF para 2026 contempla un periodo de transición de 90 días naturales para determinados supuestos de revocación, contado a partir de la fecha en que surte efectos el oficio correspondiente. El procedimiento establece etapas y obligaciones diferenciadas para el proveedor.
Por ello, no debes calcular la fecha límite únicamente a partir de la noticia o de la fecha en que se publicó la revocación. Consulta los avisos oficiales y la información aplicable al caso concreto.
En caso de que se revoque la autorización a tu proveedor de timbrado, no podrás seguir emitiendo facturas. Si tu empresa depende de ese PAC, considera las siguientes medidas:
- Identifica un proveedor cuya autorización esté vigente.
- Prueba la emisión de los CFDI que utilizas habitualmente.
- Respalda tus XML y la información necesaria para recuperar tu historial de facturación.
- Coordina la migración con las áreas de contabilidad, finanzas y sistemas.
- Documenta las pruebas y confirma que el nuevo servicio funciona antes de depender de él para la operación diaria.
Cambiar de PAC puede resolver un problema de continuidad operativa, pero no sustituye la revisión fiscal de los comprobantes emitidos anteriormente.
Conclusión
Si el PAC que certificó tus CFDI está relacionado con EFOS, lo primero es comprobar qué publicó oficialmente el SAT y distinguir la situación del proveedor de la situación fiscal de los emisores de tus comprobantes.
Después, verifica los CFDI, identifica si alguno de sus emisores aparece en el listado definitivo del artículo 69-B del CFF y reúne la documentación necesaria para respaldar las operaciones. Si existe una publicación o notificación que pueda afectar tus efectos fiscales, determina con asesoría especializada si debes presentar evidencia o corregir tu situación.
Finalmente, si la autorización del PAC fue revocada, prepara la continuidad de tu facturación conforme a las fechas y condiciones aplicables. Una revisión ordenada permite identificar riesgos reales y atenderlos sin asumir que todos los comprobantes o contribuyentes relacionados con el proveedor están automáticamente en una situación irregular.
Los CFDI timbrados antes de la publicación de la cancelación de la autorización de un proveedor de certificación no pierden sus efectos fiscales por este motivo. Sin embargo, será necesario sustituir al PAC dentro del plazo señalado por las autoridades.
La revocación de la autorización de un PAC y su inclusión en los listados a que se refiere el artículo 69-B del CFF son situaciones distintas que deben analizarse por separado. Solo la segunda puede afectar los efectos fiscales de los CFDI emitidos, conforme a las disposiciones fiscales aplicables.
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