Aspectos que Derivan en la Recepción de una Carta Invitación SAT

Aspectos que Derivan en la Recepción de una Carta Invitación SAT

El SAT realiza un monitoreo constante de la actividad de todos los contribuyentes a través de diversas acciones, las cuales informan a la autoridad sobre posibles discrepancias u omisiones de las obligaciones fiscales. En cuanto la autoridad es alertada de algún caso de incumplimiento, es imperativo que se lo comunique a la persona responsable de aclarar la situación.

Para establecer esta comunicación el SAT emplea las denominadas Cartas Invitación.

En muchos casos, la recepción de una carta de este tipo se desprende del desconocimiento sobre las reglas para emitir y recibir CFDI. Estas omisiones provocan que la información de los CFDI no coincida con las declaraciones fiscales presentadas ante el SAT.

Por eso es importante mantenernos informados sobre los aspectos en nuestra contabilidad que derivan en la recepción de una Carta Invitación.

¡No te preocupes! A continuación, te presentamos las discrepancias que pueden hacerte merecedor a recibir este tipo de correspondencia.

  1. Emisión de Comprobantes con Método de Pago PUE no Cobrados en el Mes de Emisión: Consiste en la generación de facturas con método de pago PUE sin que exista un pago efectuado por un cliente en el mes de emisión del comprobante.
  2. Facturas Emitidas con Método de Pago PUE con CRP: La mayoría de los contribuyentes saben que no es necesario emitir un CRP para las facturas con método de pago PUE, pero en ocasiones se comete el error operativo de generar un CRP para este tipo de facturas.
    Esto ocasiona que los procesos de vigilancia del SAT hagan exigible el pago de impuestos por la factura PUE y por el CRP emitido.
  3. Facturas Duplicadas en el SAT sin Conocimiento del Contribuyente: Facturas con el mismo folio interno, pero con diferente UUID por errores al momento de la emisión.
  4. Facturas con Método de Pago PPD Saldadas, pero sin CRP: La falta de control y seguimiento en la emisión o recepción de CRP origina que los impuestos declarados por un contribuyente no coincidan contra los plasmados en los CFDI en poder del SAT.
    Lo anterior derivará en diferencias entre lo declarado y lo calculado por los procesos del SAT en su vigilancia del pago de impuestos o acreditación de los mismo.
  5. Facturas “PPD” con CRP que Contienen Importes Mayores al Total de la Factura: El emitir o recibir CRP con pagos mayores al del importe de una factura originarán que los procesos del SAT hagan cálculos tomando en cuenta el importe pagado y no el importe de la factura, lo que puede ocasionar que la autoridad solicite un pago mayor de impuestos que el real.
  6. Facturas Emitidas con Método de Pago “PPD” con CRP Duplicados: Se presenta al generar dos o más CRP de una misma factura. En este caso, los robots de vigilancia del SAT harán exigibles el pago de impuestos de la factura de acuerdo con cada CRP emitido.
  7. Refacturación de Comprobantes (Facturas Emitidas por Sustitución): No obstante que este aspecto no debería ser un problema, los procesos del SAT necesarios para analizar y determinar el pago o acreditación de impuestos pueden incurrir en discrepancias entre lo declarado y lo contenido en los CFDI, por lo que tener sustentado y/o documentado la base para el pago de impuestos es clave, es decir, debemos contar con papeles de trabajo que incluyan las bases de impuestos considerando los CFDI que sustituyen a otros.
  8. Facturas Emitidas en Moneda Nacional con Tipo de Cambio Mayor a 1: Provoca que los procesos del SAT calculen impuestos por pagar de manera incorrecta al multiplicar el tipo de cambio por el total de la factura.
  9. Facturas Emitidas en Moneda Extranjera con Tipo de Cambio Erróneo: Provoca que los procesos del SAT calculen impuestos por pagar de manera incorrecta al multiplicar el tipo un tipo de cambio superior al real por el total de la factura.
  10. Facturas con Fecha de Emisión Mayor a la Fecha de Pago Contenida en el CRP: Una fecha de pago en el CRP mayor a la fecha de emisión de una factura, puede provocar cálculos de impuestos incorrectos en los aplicativos del SAT.
  11. Facturas Emitidas Canceladas en Contabilidad, pero NO Canceladas en el SAT: No validar el estatus de facturas canceladas en nuestro sistema de facturación, nómina o retención de impuestos, contra el estatus en la base de datos del SAT es una de las principales causas en la recepción de una carta invitación.
    Como contribuyentes no debemos asumir que un CFDI cancelado en nuestro sistema de control se canceló exitosamente en el SAT.
    Lo mismo ocurre con las notas de crédito, CRP, recibos de nómina y demás CFDI. En general cualquier tipo de CFDI cancelado en nuestro sistema de facturación o de nómina, debe ser cotejado contra la base de datos del SAT, diferencias de estatus en un comprobante digital generaran discrepancias fiscales.
  12. Nóminas Timbradas con Fecha de Pago Incorrecto: Es de todos conocido que en materia fiscal el ISR retenido a los trabajadores se paga y contabiliza al momento en que se dispersa una nómina.
    Este aspecto es de alta relevancia, ya que errores en la fecha de pago de un CFDI de nómina, provocará que los procesos del SAT hagan exigible el pago del ISR retenido a los trabajadores en el mes de la fecha de pago. Por lo tanto, si este dato difiere contra lo declarado se podrá generará una carta invitación SAT.
  13. Finiquitos NO TIMBRADOS o con Fecha de Pago Incorrecto: Otro error común de los contribuyentes que origina una carta invitación es no timbrar los finiquitos o timbrarlos con una fecha de pago incorrecta.
    Esta situación derivará en discrepancias entre lo declarado y lo contenido en las bases de datos del SAT, y esto a su vez encenderá las alertas de los procesos de vigilancia de otras autoridades (IMSS y Finanzas en el ISN).
  14. Nóminas Duplicadas en el SAT: Se presenta cuando un contribuyente timbra una nómina más de una vez por error de sistema, en este caso los procesos del SAT suman el ISR retenido y hacen exigible el impuesto contenido en todos los recibos de nómina, lo cual generará discrepancias entre lo declarado y la información en poder del SAT.
  15. Omisión en el Timbrado de Nómina por Falta de Datos Requeridos: Datos incorrectos en el nombre del trabajador, RFC incorrecto o desconocido, un código postal diferente al que tiene al SAT u otros datos necesarios para generar un CFDI de nómina provocan la omisión en el timbrado obligatorio.
    Una de las causas más importantes que derivan en una carta invitación está relacionado con el timbrado de nómina.
    Un timbrado incompleto, la falta de conciliación de nóminas pagadas contra las nóminas timbradas, la duplicidad del timbrado de nómina, la cancelación errónea de los CFDI de nómina y fechas de pago erróneas generan cartas invitación SAT.
  16. Facturas de Personas Físicas Proveedores con Régimen Fiscal de Sueldos y Salarios: Este tipo de errores se pueden presentar cuando no se revisan a detalle los CFDI recibidos de proveedores y dado que el régimen fiscal del emisor es una clave SAT, en ocasiones no se detecta el error. Esto puede derivar en que la autoridad tome el CFDI como si se tratara de un colaborador, haciendo que fallen los procesos de revisión lo cual ocasionará una discrepancia fiscal.
  17. Facturas de Proveedores Canceladas SIN Autorización: Uno de aspectos relevantes de los CFDI de proveedores es verificar que no se cancelen sin nuestra autorización.
    No obstante que el proceso de cancelación de un CFDI tiene sus candados como que el receptor autorice, muchas veces la vigilancia del buzón tributario no es constante y oportuna, por lo que facturas recibidas se pueden llegar a cancelar de manera automática después de 72 horas si no se rechaza por medio del buzón tributario. Esto ocurre sobre todo en facturas PUE que no están ligadas a un CRP, lo que las hace cancelables en cualquier momento.

 

¿Qué Pasa si Recibo una Carta Invitación?

La recepción de una Carta Invitación del SAT puede parecer una situación intimidante, pero es crucial entender que estas notificaciones tienen como objetivo corregir y regularizar la situación fiscal de los contribuyentes. Conocer los aspectos que pueden derivar en estas cartas es fundamental para evitar futuras complicaciones.

Asimismo, te invitamos a mantener un control riguroso de la información fiscal, asegurarte de que los datos coincidan con los registros del SAT y seguir las reglas de emisión y recepción de CFDI para evitar discrepancias y sanciones.

¿Cómo Puedo Monitorear mis CFDI?

Darle seguimiento a todos los CFDI que emitimos o recibimos es una tarea enorme, misma que francamente es casi imposible de mantener sin recibir algún tipo de apoyo. Es más, aun recibiendo el apoyo de un contador o un equipo de contadores, es posible que no mitiguemos el margen de error de manera significativa.

Con esto en mente, en dSoft desarrollamos eAuditor CFDI, un aplicativo que revisa la información contenida en los CFDI emitidos y recibidos para mantenerte al día del estatus de todos tus comprobantes.

eAuditor CFDI te ayudará a estar al día sobre tu información fiscal ya que realiza confrontas de los declarado contra lo contenido en tus CFDI. De igual manera, genera una base fiscal mensual a partir de correlacionar los CFDI emitidos y recibidos.

Otra de las virtudes de eAuditor CFDI es que simula las revisiones electrónicas que realiza el SAT, siguiendo los parámetros que la autoridad determina.

Contáctanos para agendar una asesoría completamente gratis en la cual te contaremos más sobre esta gran herramienta.

Sistema para la determinación de la base fiscal y el cálculo de impuestos federales a partir de los CFDI, con generación de cédulas mensuales prellenadas y/o revisiones electrónicas preliminares SAT.