Errores Comunes en Retenciones que Generan Cartas Invitación
La retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) es uno de los mecanismos más importantes del sistema fiscal mexicano. A través de este esquema, ciertos contribuyentes están obligados a retener una parte del impuesto al momento de realizar un pago y posteriormente enterarlo al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Este procedimiento busca garantizar la recaudación del impuesto y facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.
En este artículo explicaremos qué es la retención de ISR, en qué casos aplica, cómo se calcula, cuáles son los fundamentos legales que regulan esta obligación y revisaremos los errores más comunes que pueden generar una carta invitación del SAT.
¿Qué es la Retención de ISR?
La retención de ISR es el proceso mediante el cual una persona física o moral que realiza un pago descuenta una parte del impuesto correspondiente al receptor del ingreso y lo entera directamente a la autoridad fiscal.
En este esquema intervienen dos figuras principales:
- El retenedor: Quien realiza el pago y tiene la obligación de efectuar la retención del impuesto.
- El contribuyente: Quien recibe el ingreso y a quien se le descuenta el impuesto correspondiente.
El objetivo de este mecanismo es que el impuesto se pague de manera anticipada, funcionando como un pago provisional a cuenta del impuesto anual.
Marco Legal de las Retenciones de ISR
Las retenciones de ISR están reguladas principalmente en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), que establece los supuestos en los que se deben realizar y las tasas aplicables.
Retenciones por Salarios
El Artículo 96 de la LISR establece que las personas que realicen pagos por salarios o por servicios personales subordinados deben efectuar retenciones mensuales de ISR. Estas retenciones se consideran pagos provisionales del impuesto anual del trabajador.
El cálculo se realiza aplicando una tarifa mensual progresiva, donde las tasas van aproximadamente desde 1.92% hasta 35%, dependiendo del nivel de ingresos del trabajador. Para determinar el impuesto retenido se utiliza una tabla que incluye:
- Límite inferior.
- Límite superior.
- Cuota fija.
- Porcentaje aplicable sobre el excedente del límite inferior.
Es importante señalar que no se efectuará retención cuando el trabajador perciba únicamente el salario mínimo mensual correspondiente a su zona geográfica. Asimismo, es importante recalcar que para 2026 se actualizaron las tablas de retención de ISR.
Además, los retenedores deben enterar las retenciones a más tardar el día 17 del mes siguiente mediante la declaración correspondiente.
Retención en Servicios Profesionales
El Artículo 106 de la LISR establece que cuando una persona moral paga honorarios a una persona física por servicios profesionales, debe retener 10% de ISR sobre el monto del pago efectuado, sin aplicar deducciones.
Esta retención tiene el carácter de pago provisional, por lo que el profesionista puede acreditarla posteriormente en su declaración mensual o anual.
El retenedor también debe emitir el comprobante fiscal correspondiente en el que conste el monto del impuesto retenido.
Retención en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Con la creación del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, se estableció una tasa especial de retención.
De acuerdo con el Artículo 113-J de la LISR, cuando una persona moral realiza pagos a personas físicas que tributan en este régimen por actividades empresariales, profesionales o arrendamiento, deberá retener 1.25% del monto del pago, sin considerar el IVA.
Esta retención también se considera un pago mensual del impuesto que posteriormente será acreditado por el contribuyente en su declaración correspondiente.
Retenciones en Plataformas Digitales
La legislación fiscal también contempla retenciones para actividades realizadas mediante plataformas digitales.
El Artículo 113-A de la LISR establece que las plataformas tecnológicas que intermedian servicios o ventas deben efectuar retenciones de ISR sobre los ingresos de las personas físicas que utilizan dichos medios. Las tasas de retención varían según el tipo de actividad:
- 2.1% para transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes.
- 4% para servicios de hospedaje.
- 1% para enajenación de bienes y prestación de servicios.
Estas retenciones pueden considerarse pagos provisionales o pagos definitivos, dependiendo de las condiciones del contribuyente y de si opta por el esquema simplificado previsto en la ley.
Errores Comunes en Retenciones que Derivan en Cartas Invitación SAT.
En la práctica, algunas empresas cometen errores como omitir, considerar y declarar las retenciones contenidas en los CFDI. Algunos de los más frecuentes son:
- No hacer conciliaciones mensuales de lo declarado contra lo timbrado en los CFDI de nómina.
- Omitir en la conciliación mensual la información contenida en el “Visor de Comprobantes de Nómina para el Patrón” SAT.
- Timbrar nóminas con fecha de pago incorrecta.
- No identificar nóminas duplicadas en el portal del SAT.
- No verificar la cancelación efectiva de los CFDI de nómina en el Portal del SAT.
- No timbrar finiquitos, hacerlo fuera de plazo o incluir en éstos, fechas de pago incorrectas.
- Omitir enterar en la declaración mensual la totalidad de retenciones en los CFDI de nómina y de terceros.
- No verificar la correcta inclusión del régimen fiscal en los CFDI recibidos de terceros (personas físicas).
- No detectar en los CFDI recibidos por terceros un timbrado incorrecto con régimen fiscal de “Sueldos y Salarios”.
Estos errores pueden generar diferencias fiscales importantes que derivan en la recepción de cartas invitación o peor aún, en el inicio de una auditoría profunda.
Conclusión
Las retenciones de ISR cumplen una función clave dentro del sistema tributario mexicano. Gracias a este mecanismo, el Estado puede recaudar impuestos de manera anticipada y reducir riesgos de evasión fiscal.
Para los contribuyentes, aplicar correctamente estas retenciones permite:
- Cumplir con las disposiciones fiscales vigentes.
- Evitar sanciones o recargos.
- Mantener una contabilidad clara y ordenada.
- Facilitar la conciliación de impuestos en declaraciones mensuales y anuales.
Por esta razón, es fundamental que empresas y profesionistas conozcan los supuestos establecidos en la ley y verifiquen correctamente las tasas aplicables en cada operación.
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- Determinación del pago provisional de ISR.
- Determinación de las retenciones ISR por salarios y asimilados.
- Determinación de retenciones de ISR por honorarios y RESICO, arrendamientos, dividendos y demás ingresos.
- Cédulas de impuestos para personas físicas:
- Determinación del pago provisional de ISR por actividades empresariales y servicios profesionales.
- Determinación del pago provisional de ISR del régimen simplificado de confianza.
- Determinación de las retenciones ISR por salarios y asimilados.
- Determinación de retenciones de ISR por arrendamientos y demás ingresos.
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