Cambios del Aplicativo ISSIF (32-H CFF) 2023

Cambios del Aplicativo ISSIF (32-H CFF) 2023

Año con año el SAT actualiza el aplicativo para la presentación de la situación fiscal del contribuyente (ISSIF) al que se refiere el artículo 32 H del Código Fiscal de la Federación con la finalidad de ajustar la información que a su criterio le parece más adecuada para conocer el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

La publicación del aplicativo y de los instructivos de llenado de los diferentes apartados de información se realiza en la página de internet del SAT conforme a lo establecido en la regla Miscelánea “2.16.1. Presentación de la información sobre su situación fiscal”, la cual menciona:

“Para los efectos del artículo 32-H del CFF, los contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal (ISSIF), incluyendo la presentada en forma complementaria, deberán contar con certificado de e.firma y realizar su envío a través del Portal del SAT, observando el procedimiento siguiente:

III. La información que se envíe, deberá cumplir con lo dispuesto en los instructivos de integración y de características, y en los formatos guía, que se encuentran para su consulta en el Portal del SAT, de conformidad con el tipo de formato que corresponda.”

Los contribuyentes obligados a presentar la ISSIF conforme al artículo 32H del Código Fiscal de la Federación son los siguientes:

(Si estás leyendo desde tu celular, desliza hacia los lados para tener acceso a toda la información de la siguiente tabla).

Tipo de contribuyente Condición
Tipo de contribuyente
Condición
Personas Morales del régimen General
Ingresos Superiores a $974,653,950
Personas Morales del régimen General
Que tengas acciones en bolsa de valores
Sociedades Mercantiles
Del régimen fiscal opcional para grupos de sociedades
Entidades paraestatales
Todas
Residentes en el extranjero
Con establecimiento permanente en el país
Cualquier persona moral
Que realicen operaciones con residentes en el extranjero
Contribuyentes personas físicas y morales
Que sean parte relacionada de contribuyentes obligados a dictaminarse con operaciones mayores a $13,000,000 por actividades empresariales
Contribuyentes personas físicas y morales
Que sean parte relacionada de contribuyentes obligados a dictaminarse con operaciones mayores a $3,000,000 por servicios profesionales

Para el ejercicio 2023, los cambios en la plantilla de Personas Morales en General respecto del ejercicio 2022 son los siguientes:

  1. Apartado Generales.

Se agregó un índice nuevo con el numero 43D054000 APLICÓ LO ESTABLECIDO EN LA REGLA 3.23.8. DE LA RMF 2023, para que aquellas sociedades controladoras que hubieran restado pérdidas por enajenación de acciones de sus sociedades controladas puedan indicar si ejercieron la opción a que se refiere la Miscelánea fiscal.

  1. Apartado Generales.

Se eliminaron los índices siguientes:

(Si estás leyendo desde tu celular, desliza hacia los lados para tener acceso a toda la información de la siguiente tabla).

43D045000
APLICÓ LA OPCIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO SEGUNDO, FRACCIÓN VIII, DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LISR, PUBLICADAS EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2015, EN VIGOR A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2016 (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL APARTADO 26)
43D046000
APLICÓ LA OPCIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO SEGUNDO, FRACCIÓN VIII, DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LISR, PUBLICADAS EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2015, EN VIGOR A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2016 (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL APARTADO 20)
43D047000
EN CASO AFIRMATIVO A LOS íNDICES 43D044000 Y43D045000 SEÑALE SI PRESENTÓ EL AVISO EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN:
43D048000
FECHA DE PRESENTACIÓN DEL AVISO "CRÉDITO POR CONCEPTO DE PÉRDIDAS FISCALES" (OPCIÓN CONTENIDA EN EL ARTÍCULO SEGUNDO, FRACCIÓN VIII DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LISR VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2016)
43D049000
MEDIO DE PRESENTACIÓN DEL AVISO "CRÉDITO POR CONCEPTO DE PÉRDIDAS FISCALES" (OPCIÓN CONTENIDA EN EL ARTÍCULO SEGUNDO, FRACCIÓN VIII DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LISR VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2016)
43D050000
APLICÓ LA OPCIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO SEGUNDO, FRACCIÓN IX, DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LISR, PUBLICADAS EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2015, EN VIGOR A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2016 (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL APARTADO 21)
43D051000
EN CASO AFIRMATIVO AL ÍNDICE ANTERIOR SEÑALE SI PRESENTÓ EL AVISO EN TÉRMINOS DE LOS DISPUESTO EN:
43D052000
FECHA DE PRESENTACIÓN DEL AVISO
43D053000
FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (1) RELATIVA A LAS DIFERENCIAS DE IMPUESTO A CARGO.
43D054000
FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (2) RELATIVA A LAS DIFERENCIAS DE IMPUESTO A CARGO.
43D055000
FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (3) RELATIVA A LAS DIFERENCIAS DE IMPUESTO A CARGO.
43D056000
FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (4) RELATIVA A LAS DIFERENCIAS DE IMPUESTO A CARGO.
43D057000
FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (5) RELATIVA A LAS DIFERENCIAS DE IMPUESTO A CARGO.
43D058000
FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (6) RELATIVA A LAS DIFERENCIAS DE IMPUESTO A CARGO.
43D059000
FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (7) RELATIVA A LAS DIFERENCIAS DE IMPUESTO A CARGO.
43D060000
FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (8) RELATIVA A LAS DIFERENCIAS DE IMPUESTO A CARGO.
43D077000
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013, CONTABA CON AUTORIZACIÓN PARA DETERMINAR SU RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO, OPTO POR APLICAR LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO NOVENO TRANSITORIO FRACCIÓN XVI DTLISR 2014 (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL APARTADO 18)
43D078000
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013, CONTABA CON AUTORIZACIÓN PARA DETERMINAR SU RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO, OPTO POR APLICAR LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO NOVENO TRANSITORIO FRACCIÓN XVI DTLISR 2014 (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL APARTADO 18)

Como podemos apreciar, los índices eliminados hacen referencia a las opciones de desconsolidación de estados financieros de las disposiciones transitorias del Impuesto sobre la Renta de los ejercicios 2014 y 2016.

En ese mismo sentido la autoridad eliminó los siguientes Apartados de información:

(Si estás leyendo desde tu celular, desliza hacia los lados para tener acceso a toda la información de la siguiente tabla).

Table Header Table Header Table Header Table Header
18.- INFORMACIÓN DE LOS PAGOS REALIZADOS POR LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DIFERIDO POR DESCONSOLIDACON Y EL PAGADO HASTA EL MES DE MAYO DEL 2022 (ARTÍCULO NOVENO, FRACCIÓN XVI DRLISR 2014)
19.- INFORMACIÓN SE LOS PAGOS REALIZADOS POR LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR DESCONSOLIDACIÓN Y EL PAGO HASTA EL MES DE MAYO DEL 2022 (ARTÍCULO NOVENO, FRACCIÓN XVIII DTLISR 2014)
20.- CRÉDITO POR CONCEPTO DE PÉRDIDAS FISCALES (ARTÍCULO SEGUNDO, FRACCIÓN VIII DE LAS DISPOSICIPONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE A PARTIT DEL 1 DE ENERO DE 2016)
21.- PÉRDIDAS POR ENAJENACIÓN DE ACCIONES EN LA DETERMINACIÓN DEL RESULTADO O PÉRDIDA FISCAL CONSOLIDADO (ARTÍCULO SEGUNDO, FRACCIÓN IX DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2016)

Es probable que la autoridad haya eliminado esta información al considerar que actualmente ya no es común que este tipo de contribuyentes siga aplicando los procedimientos establecidos en estos artículos transitorios.

  1. En el apartado 12 referente a las inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas o afiliadas residentes en el extranjero, se agregó una columna para indicar la fecha en que se realizaron las aportaciones.
  2. En el apartado 13 referente a la información de socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales, se agregó una columna para indicar la forma de pago de las aportaciones de capital.
  3. En el apartado 15 de las operaciones realizadas con partes relacionadas se agregaron las columnas para indicar los datos de las retenciones de ISR cuando sean aplicables.
  4. En el apartado 16 de operaciones realizadas con residentes en el extranjero se agregaron las columnas del ISR retenido pagado, así como el de la determinación de la diferencia contra las retenciones de ISR determinadas.
  5. Para el caso del apartado de préstamos obtenidos de residentes en el extranjero, se agregaron las columnas de la conversión de la moneda extranjera y la fecha en que se realizó la conversión.

 

En dSoft contamos con el aplicativo eISSIF el cual genera una plantilla actualizada con todos los cambios descritos anteriormente, con la cual se puede realizar el llenado de la información de manera más ágil que en la plantilla que proporciona la autoridad, ya que en ella se pueden utilizar todas las herramientas del sistema Excel. Además, el sistema eISSIF permite realizar las validaciones de la información entre anexos y contra la información en poder del SAT para evitar tener inconsistencias con la autoridad.

Le invitamos a que se acerque a nosotros mediante cualquiera de nuestros medios de contacto y obtenga una versión gratuita para conocer todos los beneficios de nuestro aplicativo.

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