Carta Porte 3.0: ¿Qué Debes Saber para Cumplir con la Nueva Obligación?

Carta Porte 3.0: ¿Qué Debes Saber para Cumplir con la Nueva Obligación?

La Carta Porte es un complemento que se incorpora en el CFDI de Ingreso y Traslado que se utiliza para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional. Este complemento es obligatorio para todas las personas físicas o morales que transporten mercancías en México, ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial.

El complemento tiene como objetivos acreditar y llevar un control del transporte y la tenencia de mercancías, así como también asegurar la recaudación de impuestos que corresponde. De manera paralela, ayuda en el combate contra la corrupción, puesto que dificulta el contrabando y el tráfico de mercancías ilícitas, y facilita el comercio exterior brindando certeza a las empresas sobre el traslado de sus productos.

La Carta Porte se conforma de la siguiente información:

  • Datos del remitente y del destinatario de la mercancía.
  • Descripción de la mercancía.
  • Origen y destino del traslado de la mercancía.
  • Medio de transporte utilizado.
  • Unidades de transporte utilizados.
  • Datos del transportista.
  • En el caso de los hidrocarburos y petrolíferos, la Carta Porte debe contener información adicional, como la cantidad de combustible transportado, el tipo de combustible y el destino del combustible.

 

¿Quiénes Deben Emitir CFDI de Ingreso o Traslado con Complemento Carta Porte 3.0?

Las empresas o personas que brindan servicios de transporte deben emitir un CFDI con complemento Carta Porte, para acreditar el transporte de bienes o mercancías por vía terrestre de carga por carretera en México.

El comprobante electrónico debe ser de tipo “Ingreso” si la empresa o persona recibe ingresos por los servicios de transporte. En cambio, si la empresa o persona no recibe ingresos por los servicios de transporte, pero sí traslada sus propios bienes o mercancías debe emitir un CFDI de “Traslado”.

¿Qué Cambios Propone la Versión 3.0?

El pasado 13 de julio de 2023, el SAT emitió la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023, que establece que la versión 3.0 del complemento Carta Porte será la única versión válida a partir del 1 de enero de 2024.

Los nuevos requerimientos agregados al complemento de Carta Porte versión 3.0 enfocados en Autotransporte son:

  • Se incorpora un identificador único (CCP) que tiene la misma estructura que un UUID. 
  • Se deberá especificar si habrá una Logística Inversa, es decir, si se hará una devolución o recolección de mercancía.
  • Indicar si el traslado de mercancía pasará por la región del Istmo de Tehuantepec, señalando cuál será el punto de origen y el punto de destino.
  • Se debe incorporar el Peso Bruto Vehicular en toneladas en el apartado de autotransporte.
  • Se incorporó el catálogo del sector COFEPRIS con los siguientes sectores:
    • Medicamento,
    • Precursores y químicos de uso dual,
    • Psicotrópicos y estupefacientes,
    • Sustancias tóxicas
    • Plaguicidas y fertilizantes.


Esta adición tiene como objetivo señalar, para cada mercancía transportada, la información requerida dependiendo de la opción seleccionada en el Catálogo de la COFEPRIS. Si la mercancía va a ser entregada en una aduana para su explotación, es necesario incluir el Régimen Aduanero y completar la información correspondiente en la documentación aduanera.

La Carta Porte 3.0 es un documento que representa un cambio importante en el transporte de mercancías en México. Su implementación ha sido gradual, pero se espera que esté plenamente vigente en todo el territorio nacional a partir de 2024.

¿Qué Pasa si no Emite la Carta Porte 3.0?

Las empresas que no emitan la Carta Porte 3.0 podrán ser sancionadas por el SAT. Las sanciones pueden incluir multas, clausuras y otros embargos.

Las multas van desde $400 hasta $600 por no presentar la Carta Porte.

¿Cómo Prepararse para la Implementación de la Carta Porte 3.0?

Las empresas que se dedican al transporte de mercancías deben prepararse para la implementación de la Carta Porte 3.0. Para ello, deben realizar los siguientes pasos:

  • Informarse sobre los requisitos que el SAT ha publicado sobre Carta Porte 3.0 en su portal web.
  • Identificar los cambios recientemente agregados al complemento Carta Porte 3.0 en relación a los de la versión anterior con la intención de incorporar la información que les aplica.  
  • Capacitar a los empleados que serán responsables de emitir la Carta Porte 3.0 ya que es importante que conozcan los requisitos y procedimientos necesarios.


En dSoft contamos con dos sistemas que pueden ayudar a tu empresa a cumplir con este requerimiento del SAT cuando transportes tu mercancía: eFactura y eComprobante. Usar estos dos programas te permitirá: 

eFactura:

  • Emisión de factura o CFDI de traslado con complemento Carta Porte Ver. 3.0.
  • Validación al timbrar con Carta Porte Ver. 3.0 que se haya incorporado la información correspondiente
  • Consulta y reimpresión de los CFDI generados.
  • Representación impresa (PDF) incluyendo los datos del complemento de Carta Porte 3.0

 

 eComprobante:

  • Extracción de la información de los complementos más importantes dentro de los CFDI para su revisión y análisis, incluida la Carta Porte.
  • Manejo de un “Log” de descargas por usuario y tipo de comprobante.
  • Gestión y explotación de información de los CFDI de ingreso, egreso, traslado y recepción de pagos.
  • Generación masiva de representaciones impresas de CFDI en formato PDF que incluyen la información de todos los complementos SAT (Aerolíneas, Consumo de combustibles, Donatarias, Notarios Públicos, Impuesto Locales, Comercio Exterior, Estado de Cuenta de Combustibles, Consumo de Combustibles, INE, Carta Porte, etc.).
  • Traducción de todas las claves contenidas en un CFDI a su descripción respectiva de los catálogos publicados por el SAT.


Gracias a estos beneficios, podrás llevar a cabo tus operaciones de transporte de manera más automatizada y eficiente. Contáctanos para informarte con mayor detalle las ventajas que estas herramientas pueden otorgarle a tu negocio.

Sistema para la generación y control de CFDI Ver. 3.3 y 4.0; diseñado para emitir facturas, notas de crédito, traslado y comprobantes de recepción de pago, incluye herramientas para conciliación SAT.