ISR: Nuevo Formato Prellenado para Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales

Recientemente el SAT actualizó los formatos para la presentación de las declaraciones de ISR e IVA para personas físicas del régimen de actividades empresariales y profesionales. Estos nuevos formatos están disponibles para la presentación de declaraciones para el ejercicio 2025 en adelante y no están disponibles para ejercicios anteriores.
En este artículo nos enfocamos en los nuevos formatos de ISR, los cambios y cómo adaptarnos para hacerles frente.
Si te interesa saber más sobre los formatos prellenados de IVA, te invitamos a leer nuestro artículo titulado: La Nueva Declaración Mensual Prellenada de IVA a Detalle.
Ingresos Acumulables para ISR
Los formatos actuales incluyen datos prellenados por la autoridad con base en la información de los CDFI emitidos y recibidos. Tratándose de los CFDI de ingresos para la determinación del pago provisional de ISR, basta con que estén emitidos con el método de pago “Pago en una sola exhibición” (PUE) para que se consideren como base de impuestos. Para el caso de los CFDI emitidos con método de pago “Pago parcial o diferido” (PPD) toma en consideración la fecha de pago del “Complemento de recepción de pago” (CRP).
El importe de los ingresos base de impuestos se podrá disminuir en su caso con los conceptos siguientes:
- IEPS / ISAN cobrado no trasladado de manera expresa y por separado.
- Ingresos facturados en los que se determinó ganancia por enajenación.
- Ingresos facturados pendientes de cancelación con aceptación del receptor.
- Ingresos facturados en los que se determinó ganancia por fluctuación cambiaria.
También se podrá adicionar con los siguientes:
- Condonaciones, quitas o remisiones.
- Gastos por cuenta de terceros sin comprobante fiscal.
- Intereses cobrados derivados de la actividad empresarial o de la prestación de servicios profesionales.
- Ganancia por enajenación de activos.
- Ganancia efectivamente percibida por fluctuación cambiaria.
Deducciones Autorizadas por Compras y Gastos
En cuanto a los comprobantes de erogaciones deducibles, la autoridad tiene en cuenta los parámetros siguientes:
- Facturas recibidas de tipo ingreso del mes con:
- Método de pago “Pago en una sola exhibición” (PUE)
- Forma de pago bancarizada y
- Uso de CFDI “Adquisición de mercancías y gastos en general”
- Facturas recibidas de tipo pago:
- Donde la fecha de pago corresponda al mes
- Forma de pago bancarizada y
- Uso de CFDI “Adquisición de mercancías y gastos en general”
La autoridad también considera la disminución de las deducciones con lo siguiente:
- Suma de facturas recibidas de tipo egreso del mes:
- Con método de pago “Pago en una sola exhibición” (PUE)
Esto pone en evidencia que la autoridad solo considera los comprobantes que cumplen con características que garantizan el cumplimiento de los requisitos fiscales. Asimismo, descarta los que no cumplen con estos requisitos o no están efectivamente pagados, ya que pueden ser “No deducibles”.
Para que el contribuyente asuma la responsabilidad de los datos en sus declaraciones y pueda corregir las cantidades que considere pertinentes, la autoridad incluye campos de captura manual, tales como:
- Compras y gastos no deducibles del mes: Monto de las compras y los gastos que no reúnen requisitos fiscales.
- Compras y gastos del mes no considerados en el prellenado.
En este último concepto de “compras y gastos no considerados en el prellenado” el contribuyente podría considerar los siguientes:
Compras y gastos pagados:
- En efectivo menores a $2,000.00
- Con método diferente al bancarizado.
- CFDI con uso diferente al de compras y gastos.
- CFDI en proceso de sustitución en el que subsista la operación original.
- Otros ajustes que el contribuyente considere como deducible.
Sueldos y Salarios e Inversiones Deducibles
Los pagos de sueldos y salarios serán precargados en la declaración de mes, conforme a lo declarado en periodos anteriores, los cuales se deberán adicionar a los pagados que sean deducibles del periodo a declarar.
Es importante mencionar que las prestaciones pagadas que sean exentas del ISR deberán deducirse únicamente en un 53% o 47% en los términos de la fracción XXX del artículo 28 y del último párrafo del artículo 103 de la LISR, por lo cual el contribuyente deberá determinar cada mes el importe de las remuneraciones deducibles.
Para el caso de las inversiones, los datos vendrán precargados con la información declarada en meses anteriores y se adicionarán con el importe de las inversiones deducibles del mes a declarar. Para la determinación de las inversiones deducibles se tendrá en cuenta lo establecido en los artículos 31 a 38 de la LISR.
PTU y Pérdidas Fiscales
Las participaciones de utilidades de los trabajadores se prellenan automáticamente con base en los CFDI de nómina efectivamente pagados, por lo que no es posible modificarlas manualmente. Cualquier ajuste que se desee hacer a este dato debe realizarse directamente en los CFDI.
En cuanto a las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar, el formato prellenado incluye el monto de las perdidas declaradas en ejercicios anteriores. Sin embargo, será responsabilidad del contribuyente determinar el dato actualizado.
Conclusión
Todo esto representa un nuevo reto para estos contribuyentes. Ahora deben identificar los comprobantes fiscales que la autoridad considera en el prellenado y realizar una conciliación con el total de los comprobantes que podrían considerarse deducibles. De esta manera, podrán comprobar sus compras y gastos y declarar correctamente sus contribuciones.
Además, el contribuyente debe verificar que los CFDI estén correctamente elaborados, asegurándose de que coincidan el régimen fiscal, el método y la forma de pago, así como los complementos de recepción de pago y las notas de crédito correspondientes. Esto es necesario para evitar discrepancias con la declaración prellenada.
En dSoft, desarrollamos eAuditor CFDI a partir del ejercicio 2022. Este sistema utiliza la información descargada con eComprobante para determinar la base del impuesto mensual a partir de los CFDI. Además, realiza el cálculo de los impuestos federales, correlacionando la información de los comprobantes de ingresos, egresos y los comprobantes de recepción de pagos (CRP) descargados de la página del SAT. Todo esto, de acuerdo con los requerimientos actuales de la autoridad.
eAuditor CFDI automatiza el proceso de generación de las bases de impuesto. Esto ofrece una solución fácil y rápida para cumplir con las obligaciones fiscales, dando certeza de que la información presentada en las declaraciones sea la correcta. Utiliza los datos de los CFDI para generar una declaración libre de errores.
Entre los principales beneficios de este sistema tenemos los siguientes:
- Determina el impuesto con base en los CFDI recibidos con método de pago PUE y los PPD con complementos de pago recibidos del periodo.
- Respeta los conceptos del formato del SAT en el papel de trabajo para la determinación del impuesto, para guardar congruencia con la autoridad.
- Incluye filas de captura de datos manuales para ajustar el importe de los ingresos determinados en los CFDI, cuando sea necesario.
- Determina el IVA retenido por actividades empresariales y profesionales, por arrendamiento y por demás actividades efectivamente pagadas.
- Hace la determinación del IVA propio a flujo de efectivo de manera proporcional a lo efectivamente cobrado o pagado de acuerdo con los CFDI de recepción de pago y a los comprobantes con método de pago PUE.
- Calcula IVA Acreditable y el IVA Causado efectivamente pagados y cobrados respectivamente.
- Incluye un resumen mensual de contribuciones por pagar.
- Lleva un control de saldos a favor de impuestos y su actualización.
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