Vigila la Cancelación de Facturas de tus Proveedores

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¿En qué consiste el procedimiento del Esquema de Cancelación de Factura?

  1. El emisor inicia la solicitud de cancelación a través del portal del SAT o mediante un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
  2. Para aceptar o rechazar la solicitud, el receptor debe acceder al Buzón Tributario, ubicado en el Portal del SAT, donde recibirá la solicitud de cancelación.
  3. En caso de que el receptor no responda en un plazo de tres días hábiles a partir de la recepción de la solicitud de cancelación, el SAT considerará la cancelación de la factura como aceptada.
  4. Si la cancelación involucra un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) relacionado con otros CFDI, es necesario cancelar previamente dichos comprobantes.
  5. Una vez cancelada la factura y si la transacción continúa siendo válida, el emisor debe emitir un nuevo CFDI relacionado con la cancelación. En caso de que el emisor no cumpla con este requisito, el receptor debe informarlo al SAT.
  6. Los CFDI pueden cancelarse a través del Buzón Tributario, conforme a la regla 2.7.1.38 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2018. Esta regla establece que se generará una solicitud de cancelación, y el Buzón Tributario se encargará de notificar al receptor del CFDI acerca de dicha solicitud.

 

Nota: Si el receptor no tiene activado el Buzón Tributario, no podrá recibir notificaciones de solicitudes de cancelación por parte del proveedor, lo que podría complicar el proceso de cancelación de facturas.

¿Cuáles son las Razones Más Comunes para Cancelar una Factura?

  • Errores en el concepto, como un código SAT mal asignado, RFC de un receptor incorrecto o errores en los datos fiscales, como el método de pago, la forma de pago y los importes.
  • Errores en la serie o número consecutivo internos de la factura.
  • Cuando el CFDI no ha sido pagado.
  • Es importante recordar que, de acuerdo con la regla 2.7.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), la cancelación de una factura se puede llevar a cabo sin el consentimiento del receptor en los siguientes casos: [Agrega aquí los casos específicos según la regla mencionada].
  1. Los que amparen montos totales de hasta 5,000 pesos.
  2. Cuando la cancelación se realice en un plazo de 3 días siguientes a su expedición.
  3. Si se trata de un CFDI de nómina.
  4. Si se trata de CFDI de ingresos expedidos a contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
  5. Si son emitidos a través de “Mis Cuentas” en la aplicación “Factura Fácil”.
  6. Si amparan retenciones e información de pagos.
  7. Cuando se trate de facturas globales por operaciones con público en general, de acuerdo con la regla 2.7.1.24.
  8. Si son facturas emitidas a residentes en el extranjero con RFC “Genérico”.
  9. Por concepto de ingresos expedidos por contribuyentes que enajenen bienes, usen o gocen temporalmente bienes inmuebles, otorguen el uso, goce o afectación de un terreno, bien o derecho, incluyendo derechos reales, ejidales o comunales, según lo establecido en la regla 2.4.3.
  10. Emitidos por los integrantes del Sistema Financiero.
  11. Emitidos por la Federación por concepto de derechos, productos y aprovechamientos.

El proceso de cancelación con autorización del receptor se implementó debido a la necesidad de combatir las prácticas irregulares de algunos contribuyentes que anulaban sus facturas electrónicas sin el conocimiento de sus clientes. Esto les permitía reducir sus ingresos para disminuir el pago del Impuesto sobre la Renta e IVA, lo que a su vez implicaba que los clientes que habían pagado por un servicio o producto no pudieran deducir dicho gasto en caso de una revisión por parte del SAT, si se descubría que sus registros contables estaban respaldados por comprobantes cancelados.

Validación de CFDI con un Software Confiable para Cancelar Factura

Entonces surge la pregunta: ¿cómo podemos monitorear el estado actual de todos los CFDI recibidos de los proveedores? A pesar de haber sido pagados y de cumplir con todos los requisitos fiscales necesarios para la deducción, pueden ser cancelados posteriormente sin que nos demos cuenta si no revisamos regularmente el Buzón Tributario. A menudo, solo nos enteramos de estas cancelaciones al consultar nuevamente el repositorio del SAT o cuando la autoridad fiscal nos notifica durante una revisión.

eComprobante, un software que se convertirá en tu mejor aliado.

En el caso de la recepción o emisión de solicitudes de cancelación, el software eComprobante está preparado para descargar automáticamente un informe que muestra el cambio de estado de los comprobantes en proceso de cancelación. Esto facilita la toma de decisiones para aceptar o rechazar de manera eficiente y conveniente.

Esta funcionalidad te permite evitar la necesidad de acceder de forma continua al Buzón Tributario y contribuye a optimizar el tiempo dedicado al procesamiento de documentos electrónicos.

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Sistema para la descarga masiva de XML y/o CFDI desde el portal del SAT y por “Web Service”, incluye herramientas para la explotación de datos, validaciones de CFDI, generación de cédula fiscales y revisiones electrónicas.