SUA 3.6.6: Nueva Versión Liberada por el IMSS

SUA 3.6.6: Nueva Versión Liberada por el IMSS

SUA 3.6.6: Nueva Versión Liberada por el IMSS

El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) es una herramienta informática diseñada para simplificar los trámites relacionados con el pago de cuotas obrero-patronales al IMSS y las aportaciones al Infonavit.

Este 25 de junio de 2025, el Instituto Mexicano del Seguro Social liberó la nueva versión del SUA 3.6.6, la cual contiene cambios muy puntuales.

Este artículo se enfoca en explicar los cambios, las razones por las que se implementaron, cómo se ven reflejados los cambios en el sistema.

¿Qué es el SUA?

El Sistema Único de Autodeterminación contempla la emisión de información de los siguientes conceptos:

  • Cuotas obrero-patronales a las cuentas individuales de los trabajadores, por concepto del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
  • Cuotas obrero-patronales a los demás ramos del Seguro Social (Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida y Guarderías y Prestaciones Sociales).
  • Aportaciones patronales por concepto de vivienda, que son contabilizadas en las cuentas individuales de los trabajadores.
  • Amortización de créditos asignados a los trabajadores por el INFONAVIT.

Si te interesa saber más acerca del SUA del IMSS, te recomendamos que leas nuestro artículo ¿Qué es el SUA del IMSS?

Nueva Versión del SUA 3.6.6: ¿Qué Deben Saber los Patrones?

Como ya mencionamos, la última semana de junio de 2025, el IMSS liberó la versión 3.6.6 del SUA. De inmediato, nuestro equipo de expertos se dio a la tarea de revisar los cambios implementados para poder actualizar nuestro sistema eCompara SUA.

A simple vista, esta nueva versión no presenta cambios notorios en los módulos que la mayoría de los patrones utilizan con mayor frecuencia, como Patrones, Trabajadores y Cálculos. Estos apartados conservan su funcionamiento habitual, lo cual permite a los patrones seguir utilizando la plataforma con normalidad para realizar sus procesos rutinarios.

Sin embargo, uno de los aspectos importantes a considerar es la indicación dirigida a aquellos patrones que deban registrarse en el SUA para cumplir con el pago de cuotas obrero-patronales bajo un nuevo esquema: la incorporación de personas trabajadoras de plataformas digitales al régimen obligatorio del IMSS. En este caso, se debe prestar atención a la Clase y Fracción que deben seleccionarse en el módulo Patrones del sistema.

¿Dónde se Comunicaron los Cambios al SUA?

Esta información fue detallada en el documento oficial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), bajo el título Reglas de Carácter General de la Prueba Piloto para la Incorporación de las Personas Trabajadoras de Plataformas Digitales al Régimen Obligatorio del Seguro Social.

La prima de riesgo de trabajo que los patrones de plataformas digitales deberán considerar para determinar cuotas será la prima media de la clase IV, que es 4.65325.
Esto se basa en lo establecido en el artículo 7.1 del documento mencionado, que dice:

7. DEL SEGURO DE RIESGO DE TRABAJO.

7.1 Por lo que corresponde al cálculo de las cuotas obrero patronales del Seguro de Riesgos de Trabajo, el patrón de las personas trabajadoras de plataforma digital lo realizará mediante el sistema que el IMSS disponga para tal efecto, que se asociará a la división económica 7, fracciones 711 y 755, “Transporte de Pasajeros” y “Servicios con transporte de agencias de gestión aduanal, de mensajería y paquetería, de equipajes, viajes, turísticas y otras actividades relacionadas con los transportes en general”, respectivamente, con Clase IV, de conformidad con el artículo 196 del RACERF, en correlación con el diverso 73 de la LSS.

Cuando la plataforma digital pertenezca a una división económica distinta a “Transportes y comunicaciones”, entonces el patrón deberá autoclasificarse para los efectos de la prima de riesgo de trabajo.

En todo caso el patrón deberá revisar su siniestralidad y presentar su declaración anual de riesgos de trabajo.

Cambios Reflejados en SUA

Estos cambios se ven reflejados en el SUA de la siguiente manera:

Cambios reflejados SUA 3.6.6

Como podemos apreciar, se incluyen dos índices nuevos:

  • 711 – TRANSPORTE DE PASAJEROS
  • 755 – SERVS. C/TRANSP. A/GEST. ADUANAL MENSAJ./PAQUETERIA

 

¿A qué se Deben estos Cambios?

La reciente actualización del SUA responde a los esfuerzos del gobierno federal por incorporar a los trabajadores de plataformas digitales al régimen obligatorio del IMSS. Desde la llegada de servicios como transporte de personas o entrega de alimentos (como Uber, DIDI o Rappi), ha existido un debate sobre la falta de seguridad social para quienes prestan estos servicios de forma independiente.

Esta iniciativa, impulsada por la actual administración y anunciada en una conferencia matutina, contempla una fase piloto que busca beneficiar a más de 700 mil personas trabajadoras. El nuevo esquema les permitirá acceder por primera vez a derechos laborales y protección social, manteniendo al mismo tiempo la flexibilidad que caracteriza a este tipo de empleo.

Los trabajadores que generen al menos un salario mínimo mensual podrán acceder a cinco ramas clave de la seguridad social: riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, cesantía en edad avanzada y vejez, así como guarderías y prestaciones sociales. Esto representa un avance significativo en el reconocimiento y protección de este sector laboral en crecimiento.

Obligaciones Patronales

Entre las obligaciones que los patrones deben cumplir para mantenerse al día con las actualización del IMSS, destacamos:

  • Darse de alta ante el IMSS como empresa de plataforma digital y obtener su registro patronal.
  • Inscribir a todos sus trabajadores al régimen obligatorio del IMSS el día 1 de julio cuando menos con el salario mínimo general.
  • Cuando se trate de un probable Riesgo de Trabajo, deberá informar al Instituto las circunstancias en las que ocurrió, conforme lo establece la normatividad aplicable
  • Vencido el mes calendario, determinar el universo de personas trabajadoras de las empresas de plataformas digitales que tuvieron ingresos en el mes de por lo menos un salario mínimo
  • Presentar, dentro de los primeros cinco días naturales del mes inmediato posterior al mes del aseguramiento, los movimientos afiliatorios de baja de las personas que no alcanzaron a obtener ingresos de por lo menos un salario mínimo general.
  • Respecto de las personas trabajadoras de plataformas digitales que alcancen ingresos de un salario mínimo general o más, ajustar el salario base de cotización dentro de los primeros cinco días naturales del mes inmediato posterior al mes del aseguramiento.
  • Determinar, retener y enterar las cuotas obrero-patronales.

 

Conclusión

La versión 3.6.6 del SUA incorpora ajustes necesarios para cumplir con nuevas disposiciones del IMSS, especialmente las relacionadas con la incorporación de trabajadores de plataformas digitales. Aunque no modifica funciones clave para la mayoría de los patrones, sí requiere atención en el registro de nuevos esquemas.

Este cambio forma parte de una política más amplia para extender la seguridad social a sectores previamente desatendidos, permitiendo que miles de personas accedan por primera vez a prestaciones laborales sin perder la flexibilidad de su trabajo.

Actualizar el SUA del IMSS no solo es una obligación, sino una medida clave para asegurar cálculos correctos, evitar errores y mantener la operación de la empresa en regla con la normatividad vigente.

eCompara SUA, Sistema Actualizado para trabajar con la Nueva Versión del SUA 3.6.6

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