Confronta de la DIOT 2025 y la Declaración Mensual de IVA

Confronta de la DIOT 2025 y la Declaración Mensual de IVA

Confronta de la DIOT 2025 y la declaración mensual de IVA

Con la implementación de la nueva DIOT para el ejercicio 2025, publicada a principios de febrero, es importante tener en cuenta la información solicitada y su relación con la declaración mensual del IVA.

En esta nueva versión de la DIOT, se requiere información detallada sobre las operaciones realizadas con terceros, especificando las regiones fronterizas norte y sur, así como los distintos tipos de operaciones: gravadas al 16%, gravadas al 0%, exentas e incluso aquellas por actividades no objeto.

También se debe incluir la información referente al IVA acreditable pagado y al IVA no acreditable, ya sea por aplicarse una proporción conforme a los artículos 5º o 5°-B de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por no ser deducibles para el ISR al no cumplir con los requisitos fiscales, o por no ser considerados gastos estrictamente indispensables.

IVA no acreditable

¿Qué Datos Deben Coincidir en la DIOT y la Declaración Mensual del IVA?

Al incluir todos estos datos en la nueva declaración DIOT, es fundamental verificar que la información coincida con la declaración mensual del IVA, específicamente en las secciones del IVA acreditable y de los actos o actividades pagadas. Los datos que deben coincidir son los siguientes:

DIOT vs IVA

Debemos destacar que, al comparar los datos entre ambas declaraciones, en la declaración mensual de IVA no se incluye una sección para detallar el IVA no acreditable. Por lo tanto, la información relacionada con los comprobantes que no cumplen con los requisitos fiscales y las actividades no objeto, que se incluyen en la DIOT, no puede ser confrontada con la declaración mensual de IVA.

Es importante tener en cuenta que los datos solicitados por la autoridad en sus aplicaciones o formatos oficiales son obligatorios. Por lo tanto, la práctica de incluir solo la información de actividades gravadas al 16% y al 8%, omitiendo las actividades exentas, a tasa cero o por actos o actividades no objeto, ya sea en la declaración mensual de IVA o en la DIOT, es incorrecta por parte de algunos contribuyentes.

Recordemos que, conforme al Código Fiscal de la Federación, la omisión de declaraciones o la presentación de declaraciones con errores puede resultar en una multa que varía entre $14,880.00 y $29,750.00, según el artículo 81 fracción XXVI y el correspondiente artículo 82 fracción XXVI.

Mecanismos Electrónicos de Fiscalización

Actualmente, la autoridad ha implementado mecanismos de fiscalización basados en herramientas electrónicas, conocidas como robots informáticos, que, al detectar inconsistencias, envían comunicados automatizados a los contribuyentes por medio de correos electrónicos o el buzón tributario, instándolos a verificar su situación.

Además de derivar en comunicados por parte del SAT, estas inconsistencias pueden derivar en una revisión electrónica más exhaustiva por parte de la autoridad, así como en la restricción del uso de certificados de sellos digitales, lo cual impide la emisión de comprobantes fiscales.

Contar con herramientas informáticas que anticipen posibles inconsistencias en los comprobantes fiscales y en los datos de las declaraciones mensuales de impuestos es crucial en la actualidad, ya que permite evitar que la autoridad solicite aclaraciones que puedan generar molestias y una carga administrativa adicional para el contribuyente.

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