Llenado del Anexo de Personas Físicas para SIDEIMSS
CONOCE A DETALLE LO QUE DEBES CONSIDERAR AL MOMENTO DE LLENAR EL ANEXO DE PERSONAS FISICAS PARA SIDEIMSS.
Siguiendo con el tema del Dictamen del IMSS, hablaremos ahora de la obligación del dictaminador de verificar a las personas físicas que prestaron servicios independientes al patrón que se audita. El objetivo es identificar aquellas que, por la periodicidad y tipo de servicio, se puedan considerar como trabajadores subordinados y, por lo tanto, sujetos al pago de cuotas al Instituto.
Para analizar lo anterior, el IMSS solicita que se llene el anexo Personas Físicas de la Plantilla de Información Patronal Ver. 6. En este anexo se deben incluir a las personas que tuvieron una relación comercial o profesional con el patrón. De acuerdo con lo que se describe en el manual de SIDEIMSS Ver. 8, en la página 68, se detallan las consideraciones. Para mejor entendimiento, transcribimos estas consideraciones a continuación:
“…d) Pagos a personas físicas.
En caso de aplicar, en este anexo el CPA deberá relacionar a la totalidad de las personas físicas con actividad empresarial que hayan prestado un servicio personal independiente (por ejemplo: comisionistas, maquiladores, entre otros), así como aquellas que prestaron un servicio profesional independiente al patrón o sujeto obligado (honorarios y honorarios asimilados a salarios) durante el ejercicio dictaminado.
Se deberá proporcionar la siguiente información:
RFC
CURP
Apellido paterno
Apellido materno
Nombre(s)
Número de meses en los que operó
Monto de operaciones
Totales (sumatoria vertical)”
Como observamos, la relación que se debe incluir en el anexo de “Personas Físicas” debe incluir a todas aquellas personas que brindaron un servicio profesional independiente y que, en consecuencia, le emitieron al patrón un CFDI de ingreso. También debe incluir a aquellas personas a las que el patrón les emitió CFDI de nómina bajo el régimen de honorarios y honorarios asimilados a salarios.
Por lo anterior, el dictaminador debe solicitar al patrón todos los CFDI de ingreso recibidos de personas físicas y los CFDI de nómina emitidos bajo el régimen de asimilados a salarios. Con base en los conceptos colocados en los comprobantes y en la periodicidad de emisión, el dictaminador debe analizarlos para determinar la probable existencia de una relación laboral. Si existe una relación laboral, el dictaminador debe informarla al Instituto Mexicano del Seguro Social.
En cuanto a los CFDI de ingreso recibidos, el dictaminador deberá solicitar todos aquellos CFDI que hayan sido emitidos por personas físicas al patrón bajo los siguientes regímenes fiscales:
605 – Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios.
608 – Demás ingresos.
612 – Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales.
616 – Sin Obligaciones Fiscales.
621 – Régimen de Incorporación Fiscal.
626 – Régimen Simplificado de Confianza.
Otros comprobantes que debe solicitar el dictaminador son los CFDI de nómina de asimilados a salarios de acuerdo con el catálogo SAT de nómina bajo los siguientes regímenes:
05 – Asimilados Miembros Sociedades Cooperativas Producción.
06 – Asimilados Integrantes Sociedades Asociaciones Civiles.
07 -Asimilados Miembros consejos
08 – Asimilados comisionistas
09 – Asimilados Honorarios.
10 – Asimilados acciones.
11 – Asimilados otros.
En dSoft contamos con eSIDEIMSS y eComprobante, dos sistemas que ayudan a los dictaminadores del IMSS y a los patrones que se dictaminan. Nuestros sistemas obtienen y analizan la información de todas las personas físicas y los datos de asimilados a salarios y honorarios. De esta manera, el usuario puede identificar de forma sencilla los casos en los que debe tomar acciones para llenar el anexo respectivo.
Déjanos contarte más sobre nuestras dos soluciones y cómo podemos ayudarte a presentar el dictamen del IMSS en tiempo y forma. También te invitamos a seguir informándote sobre el SIDEIMSS a través de nuestro blog oficial.