Declaración Anual de ISR e ISSIF de Manera Precisa y Rápida

Declaración Anual de ISR e ISSIF de Manera Precisa y Rápida

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¿Sabías que el contenido de la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal 2019 ha experimentado modificaciones en su estructura?

¿Sabías que ahora esta declaración incorpora información previamente proporcionada por la autoridad fiscal, la cual se utilizará como punto de partida para calcular el resultado fiscal? Esto podría generar complicaciones en la preparación de tu declaración de ISR y el Impuesto Sobre la Renta de Personas Morales (ISSIF), lo que a su vez podría ocasionar retrasos en el proceso.

Con la llegada de un nuevo año, también surgen las preocupaciones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones fiscales, y el proceso de llenado de las declaraciones de ISR e ISSIF se convierte en una tarea cada vez más compleja.

La declaración anual constituye un compromiso que pesa sobre todos los contribuyentes, imponiendo una carga de trabajo que persiste hasta que se ha completado la información requerida.

Sin embargo, aunque esto implica un esfuerzo significativo para todos, tanto personas físicas como morales, hay un grupo adicional que, además de presentar su declaración anual, debe enfrentar el desafiante proceso de preparar y presentar la Información sobre la Situación Fiscal (ISSIF). Este trámite podría inquietar a cualquiera.

La ISSIF es un conjunto de datos que debe ser presentado junto con la declaración anual. Este conjunto de información abarca la cumplimentación de secciones, además de otras hojas en un libro de Excel, que contienen datos adicionales sobre el contribuyente.

La empresa debe asegurarse de que esta información sea congruente con la presentada en el ejercicio fiscal previo. En caso de encontrar discrepancias, se debe proporcionar una explicación detallada para justificar dichas variaciones. Esto implica una tarea de revisión extensa para el equipo contable de la empresa.

Es importante destacar que la ISSIF debe ser presentada simultáneamente con la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2019.

Este año se presenta una problemática diferente.

¿Cuáles son los nuevos requerimientos del ISSIF para ISR en 2019?

El nuevo desafío que surge al presentar la declaración anual y el ISSIF en 2019 es que, por separado, deben llevar al mismo resultado fiscal. Sin embargo, mientras que para la declaración anual se debe comenzar con los ingresos nominales declarados en los pagos provisionales mensuales de ISR, que se precargan, en el caso de la ISSIF, se parte de los ingresos registrados en contabilidad, como ha sido la práctica común.

Claro, todos podríamos pensar rápidamente que estos ingresos deberían coincidir, pero es ampliamente conocido que a lo largo del ejercicio pueden surgir circunstancias imprevistas que modifiquen los ingresos declarados en alguno de los meses del ejercicio.

Es muy probable que las declaraciones complementarias que corrigen esta situación no hayan sido presentadas. Si este es el caso de tu empresa, antes de presentar la declaración anual, deberás presentar estas declaraciones complementarias. Esto es fundamental, sin dejar de lado la revisión y conciliación de conceptos especiales incluidos en los ingresos nominales, tales como Anticipo de clientes, Utilidad fiscal en venta de activos, Utilidad cambiaria, entre otros.

Un aspecto relevante por considerar es que los importes deducibles por pago de sueldos, salarios y asimilados vienen precargados a partir de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que están en posesión de la autoridad fiscal. Sin embargo, en ocasiones, pueden surgir pagos no timbrados o CFDI de nómina duplicados, lo que puede ocasionar discrepancias entre la información precargada en la declaración y la que realmente fue pagada y registrada en contabilidad. En estos casos, es necesario realizar un nuevo timbrado de estas diferencias para corregirlas.

¿Quién debe presentar el ISSIF?

Siguiendo el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación (CFF), los siguientes contribuyentes deben incluir, como parte de su declaración anual de la ISSIF:

  • Quienes estén sujetos al Título II de la LISR y que durante el ejercicio fiscal anterior hayan declarado ingresos acumulables iguales o superiores a una cantidad equivalente a $791,501,760.00 (monto actualizado conforme al Anexo 5 de la RMISC 18).
  • Aquellos que cuenten con acciones en circulación entre el gran público inversionista.
  • Sociedades mercantiles que opten por tributar bajo el régimen especial para grupos de sociedades.
  • Entidades paraestatales de la administración pública federal.

 

Personas morales:

  • Extranjeras que operen en México a través de un establecimiento permanente, limitándose a las actividades que llevan a cabo en dicho establecimiento.
  • Residentes en México, en lo que respecta a las transacciones con residentes en el extranjero.

 

¿Cómo hago la declaración anual y el ISSIF de forma más ágil?

El SAT ha desarrollado un programa tecnológico diseñado para simplificar la presentación en línea de la Información Sobre la Situación Fiscal (ISSIF). Este programa, denominado ISSIF, tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de esta obligación. El instalador del programa está disponible para su descarga en el siguiente sitio web: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/07933/issif-2018.-descarga-el-ejecutable-de-llenado

En concreto, en lo que respecta a la presentación de la ISSIF correspondiente al ejercicio fiscal de 2019, la legislación establece que la fecha límite para su presentación es en los tres meses siguientes al término de dicho ejercicio, es decir, durante enero, febrero y marzo de 2020.

A pesar de que el SAT proporciona este sistema con el propósito de agilizar el proceso, en la práctica, cumplir con esta obligación se ha convertido en un desafío considerable para las empresas.

El sistema eISSIF, desarrollado por dSoft, facilita la transferencia, captura, verificación y generación de la información relacionada con la situación fiscal del contribuyente. Algunos de los beneficios más destacados de este sistema incluyen:

  • Realiza la conversión de cifras y datos del año anterior al presente ejercicio aprovechando al máximo la información.
  • Otorga la posibilidad de convertir del tipo SIPRED – Estados Financieros General 2018 al tipo ISSIF – Personas Morales en General 2019.
  • Facilita la captura de información del año actual por medio de una hoja de cálculo en Excel 100% formulada.
  • Optimiza la impresión con diseños predefinidos por apartado permitiendo disminuir el número de hojas.

 

Basándonos en la nueva declaración anual para el ejercicio 2019, se procede al llenado de la misma de la siguiente manera:

La información financiera y fiscal del ejercicio se completa en un 90% utilizando los datos de las secciones de ISSIF.

  • La sección de Ingresos Nominales, ISR pagado y retenido al contribuyente se obtiene a partir de la lectura de los PDF de las declaraciones de pagos de ISR descargadas desde el portal del SAT.
  • Las Deducciones Autorizadas por concepto de nómina y asimilados se incluyen.
  • Si el usuario dispone del sistema eComprobante NOM o META, es posible llevar a cabo una comparación y conciliación de la información entre los datos proporcionados por el SAT y los CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet).

 

En resumen, esta poderosa herramienta tecnológica desarrollada por la firma dSoft facilita la tarea de capturar la información de los apartados de ISSIF para profesionales contables y fiscales. Si deseas obtener más información sobre cómo cumplir con este proceso de manera ágil y precisa, sin que ello afecte la productividad de tu equipo, no dudes en ponerte en contacto con uno de nuestros expertos en dSoft.

Sistema para la descarga masiva de XML y/o CFDI desde el portal del SAT y por “Web Service”, incluye herramientas para la explotación de datos, validaciones de CFDI, generación de cédula fiscales y revisiones electrónicas.